Principal

______________________________


Mostrando entradas con la etiqueta Proyectos Destacados. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Proyectos Destacados. Mostrar todas las entradas

lunes, 12 de mayo de 2008

Buscando alternativas para solucionar las problemáticas de tierra y vivienda.

En un intento por planificar y dar respuestas a los problemas de tierra y vivienda que se extienden por todo el territorio rionegrino, el Legislador Fabián Gatti presentó el siguiente proyecto de ley.

Proyecto Ley Nº 262/2008 SE CREA EL CONSEJO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA -CPV- Y LOS CONSEJOS LOCALES DE LA VIVIENDA -CLV-. SE ELABORA EL PLAN QUINQUENAL DE ACCESO A LA TIERRA CON LA PARTICIPACION DEL CPV Y DE LOS CLV, EL QUE SERA INCLUIDO EN UN ANEXO DEL PRESUPUESTO ANUAL DE LA PROVINCIA.




FUNDAMENTOS

La problemática del acceso a la tierra y la vivienda atraviesa de manera global todo el territorio nacional, y sin lugar a dudas puede afirmarse que es la mayor deuda pendiente que el Estado no ha conseguido saldar adecuadamente, desde el estallido de Diciembre del 2001 a la fecha. Particularizando la situación en nuestra provincia, resulta claro que como consecuencia del cambio de variables macroeconómicas, la economía regional comenzó un proceso de recuperación, que si bien no terminó con el problema del desempleo, que impactó especialmente durante los años 1995-2005, lo redujo sustantivamente al punto de no constituir en la actualidad el principal factor de preocupación en materia de gestión social, para la administración local, tanto Provincial como Municipal.

Las permanentes movilizaciones de finales de los noventa, acrecentadas a partir de la caída de De la Rúa, con la clara consigna de conseguir alimentos y trabajo, dejaron de formar parte del triste y desolado paisaje urbano de un país quebrado por el hambre y la desocupación. Sin embargo, al igual que sucede con las enfermedades que afectan gravemente la salud física de un individuo, extendiendo la convalecencia mucho más allá del alta médica, cuando el tejido social de una Nación sufre un deterioro tan profundo y severo, la recuperación siempre se acompaña de secuelas que perduran a lo largo de muchos años.

El incremento de la oferta laboral al igual que el lento pero sostenido crecimiento del salario real, en especial en la actividad privada es un hecho que naturalmente deviene de una economía que hace cinco años registra altos índices de crecimiento, y en la que el sector privado juega un rol preponderante. Sin embargo los excluidos de la tierra y la vivienda, parecen estar corriendo detrás de un objetivo en donde los índices de crecimiento económico que favorecen la recuperación del empleo, van acompañados de una revalorización en algunos casos por arriba de valores constantes de los precios de las tierras urbanas y los alquileres, que les hace absolutamente inalcanzable el viejo sueño del techo propio.

El libre juego de oferta y demanda no puede ser quien resuelva este desequilibrio social, fruto de un Estado que permaneció ausente por décadas, y que se desinteresó de uno de los problemas que más angustian a cualquier ser humano, la imposibilidad de acceder a la vivienda. Los conflictos sociales irresueltos o aún peor, ignorados desde el poder, siempre terminan haciendo eclosión, con el agravante que para ese momento ya vienen de la mano de nuevas dificultades que quien gobierna deberá resolver.

El piquete de calles y rutas fue la expresión que encontraron los excluidos del sistema para reclamar por alimentos y trabajo, en un Estado que había decidido desinteresarse de amplias franjas de la sociedad. La "toma" u ocupación forzada de lotes públicos y/o privados, es la consecuencia del otro gran conflicto social irresuelto, la profunda distorsión existente entre la oferta y la demanda de tierras y viviendas, por idénticas razones.

Las ciudades con mayor crecimiento en nuestra Provincia, San Carlos de Bariloche, Cipolletti, General Roca y Viedma, hace algunos años que son reflejo de este drama. Independientemente de los que desde la especulación malsana pretenden sacar provecho de estas situaciones, que también los hay.

Resulta indiscutible el costado ilegal que tanto los piquetes como las "tomas" tienen, nadie duda de ello, pero, ¿nos preguntamos alguna vez seriamente cómo ha funcionado el cumplimiento de las normas en nuestro país? La sociedad de los últimos cincuenta (50) años se acostumbró, no sólo a los golpes de estado, paradigma del quebrantamiento de la ley, sino también a un sinnúmero de decisiones estatales que dieron por tierra desde los fundamentales derechos a la vida y la libertad como los vinculados con la propiedad.

La clave de nuestros tiempos estuvo signada por la ruptura de la institucionalidad, y una de sus consecuencias más significativas, la negación de la autoridad pública, lo que derivó en una decisión social tácitamente acordada a lo largo y ancho del país; si tú no cumples yo tampoco.

Por ello, a pesar de que tradicionalmente se entendió que la Nación debía atender las necesidades vinculadas a la vivienda, es tan elevado el déficit, y tan penosas las consecuencias, que el Estado Provincial ya no puede evadir su responsabilidad en la materia, no sólo porque la Constitución Provincial, en consonancia con la Constitución Nacional lo dispone, sino porque se trata de un urgente imperativo de la realidad social .Es cierto que está pendiente una nueva y más equitativa distribución de fondos entre la Nación y las Provincias, pero su retraso no justifica desconocer los modernos desafíos de la gestión local.

Al igual que la problemática de la inseguridad, que está finalmente siendo asumida como una responsabilidad compartida entre provincia y municipios, también debe serlo, entre Nación y Provincia, el acceso a la tierra.

Lo que estamos proponiendo es un Programa de asistencia financiera para las Familias en Emergencia Habitacional, con un plazo mínimo de duración de cinco (5) años, en donde se de un mensaje claro a la sociedad, confirmando que el derecho a la vivienda es parte de las obligaciones irrenunciables de la agenda pública. El objetivo debe ser la prevención, utilizando recursos del presupuesto provincial para la compra de tierras en aquellas ciudades en donde la crisis ha impactado de tal manera que se ha llegado al extremo de las ocupaciones irregulares, para adjudicarlas en venta a esa ancha franja de la población que no está en condiciones de acceder a ninguna de las ofertas existentes, con planes de pago a largo plazo.

No podemos permanecer pasivos ante el fenómeno de las ocupaciones irregulares, la injusticia de las familias sin vivienda se transforma más temprano que tarde en motivo de violencia urbana.

El Estado ha quebrantado la ley durante demasiado tiempo, está en deuda, sólo una decisión política sostenida en el tiempo, que contenga a los que no tienen posibilidades podrá comenzar a restaurar la paz social, devolviendo la esperanza y la paciencia para aguardar las soluciones. Nuestra deuda interna es tan abultada como la que nos reclaman los acreedores internacionales, y las rupturas contractuales han sido tan graves hacia adentro, como aquella resuelta por el entonces presidente Rodríguez Sáa en Diciembre del 2001.

Por todas estas razones la mejor manera de hacer frente al serio problema de las ocupaciones forzadas que se producen en muchas jurisdicciones municipales, no es ignorándolas o planteando medidas de ocasión, sino asumiendo que son parte de las nefastas consecuencias de un modelo social y económico que se desentendió de millones de argentinos, empezando a desandar el camino y asumiendo roles que estos tiempos han impuesto a la gestión local. El Gobierno Provincial supo entender en los años noventa, con mirada estratégica, la necesidad de no cerrar el ahora vapuleado tren patagónico, el que en los tiempos difíciles del "Estado cero" , sirvió, aún de forma deficiente, para mantener comunicados a los habitantes de la Línea Sur con las ciudades de Viedma y Bariloche.

Lo que estamos planteando ante la crisis en la materia, es asumir que la realidad nos impone nuevos desafíos y que la estrechez presupuestaria no debe ser obstáculo, definiendo prioridades al tiempo de la asignación de los recursos públicos derivándolos a la solución de tan dramático problema, como sin duda lo es la falta de tierras y viviendas. Hemos tomado como referencia para la formulación de este proyecto de ley trabajos previos realizados en la ciudad de Cipolletti, y en particular el proyecto de Ley presentado en la Legislatura de Neuquén por el Diputado Provincial Raúl Canini.

Por ello:

Autor: Fabián Gustavo Gatti

Firmantes: Beatriz Manso, Martha Gladis Ramidán

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

Artículo 1º.- Créase el Consejo Provincial de la Vivienda (CPV) y los Consejos Locales de la Vivienda (CLV).

Artículo 2º.- Elabórese el Plan Quinquenal de acceso a la tierra, con la participación del CPV y de los CLV. Dicho Plan se incluirá en un Anexo del Presupuesto Anual de la Provincia, con las partidas presupuestarias correspondientes para su financiamiento. El porcentaje destinado a tal fin no podrá ser inferior al cero coma cinco por ciento (0,5%) del total del presupuesto provincial, deducidas las partidas asignadas a compromisos de la deuda pública

OBJETIVOS DEL CONSEJO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA Y DE LOS CONSEJO LOCAL DE LA VIVIENDA.

Artículo3º.- Son Objetivos del Consejo Provincial de la Vivienda y de los Consejos Locales:

a) Facilitar las condiciones necesarias para posibilitar a los habitantes de la Provincia de Río Negro, de recursos insuficientes, y que no tengan posibilidades de acceder a los planes actualmente en vigencia, el acceso a la tierra y posteriormente a la vivienda.

b) Crear espacios a nivel provincial y también a nivel local, que den tratamiento en forma planificada, organizada y sistemática a la problemática del encarecimiento del espacio urbano y su inaccesibilidad.

c) Atender la demanda habitacional no apta para acceder a los planes vigentes, en forma sistemática y organizada.

d) Coordinar acciones en torno a dar respuesta al tema de la falta de Tierras y Viviendas, dentro de la Provincia de Río Negro

e) Propiciar mecanismos de participación que faciliten la discusión a fondo respecto a la situación por la que atraviesa la Provincia sobre el tema Habitacional, como así también la búsqueda de alternativas de soluciones acordes a cada Localidad, Comuna y/o Comisión de Fomento, que padezca esta problemática.

f) Garantizar propuestas, que den respuesta en forma integral a la problemática de la vivienda en cada territorio, a través de la participación de distintos actores políticos, institucionales y sociales, teniendo en cuenta las características naturales, sociales, culturales y económicas de los mismos

g) Coordinar acciones con el Consejo Nacional de la Vivienda.

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4º.- El Ejecutivo Provincial y los ejecutivos municipales deberán disponer de un espacio físico adecuado, como así también de los recursos económicos, humanos, materiales y de equipamiento que garanticen el normal funcionamiento de cada Consejo:

a) La sede del Consejo Provincial de la Vivienda será en la ciudad de Viedma y el domicilio será fijado por el Consejo.

b) Los miembros que conforman el Consejo Provincial y de los Consejos Locales de la Vivienda, no percibirán remuneración alguna, siendo sus cargos "ad honorem" y correrán por cuenta de las jurisdicciones los gastos que demanden su participación.

c) El Consejo Provincial de Vivienda reglamentará su propio funcionamiento y establecerá la periodicidad de reuniones, lo mismo harán los Consejos Locales.

DE LA INTEGRACION DEL CONSEJO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

Artículo 5º.- El Consejo Provincial de la Vivienda estará Presidido por el Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro o un representante del gabinete del Ejecutivo que él designe para tal efecto.

Deberá estar integrado también por:

a) Un (1) representante del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV).

b) Un (1)representante del Ministerio de Familia

c) Un (1) representante por las Organizaciones no Gubernamentales, Cooperativas, Fundaciones, Organizaciones Civiles afines al tema vivienda.

d) Un (1)representante del Consejo del Discapacitado.

e) Un (1) representante de la UOCRA.

FUNCIONES DEL CONSEJO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA

Artículo 6º.- Son funciones del Consejo Provincial de la Vivienda:

a) Coordinar la planificación de los diferentes organismos oficiales, sobre planes, programas y actividades, que tengan relación con el hábitat y la vivienda.

b) Proponer anteproyectos de normas legales, técnicas y administrativas para mejorar el funcionamiento del IPPV u otros organismos creados para tal efecto.

c) Promover convenios de colaboración técnica y financiera con otras Provincias y con el Estado Nacional.

d) Crear un banco de tierras de propiedad del Estado provincial en las diferentes localidades, para su adjudicación en venta por intermedio de los Consejos Locales de la Vivienda, para ser utilizado en la construcción de viviendas por esfuerzo propio, por cooperativas o bien a través de cualquiera de los planes estatales existentes.

e) Realizar seguimientos a Programas de Hábitat, Urbanización, Servicios y Vivienda.

f) Controlar y auditar en forma permanente los fondos destinados a compras de lotes en las diferentes ciudades, y el recupero de los mismos, así como los procedimientos de adjudicación actuando como órgano de apelación administrativo de última instancia para el caso de impugnaciones que no hubieren sido satisfechas por los Consejos Locales.

g) Crear base de datos de aspirantes a viviendas en toda la Provincia, actualizando los mismos en forma periódica.

h) Requerir a cada Consejo Local de la Vivienda, la confección de una base de datos similar, que la misma sea actualizada y luego remitida cuando el CPV lo requiera.

i) Trabajar mancomunadamente con el I.P.V.U. de la Provincia del Neuquén.

DE LA CONSTITUCION DE LOS CONSEJOS LOCALES DE VIVIENDA

Artículo 7º.- Cada Consejo local de la Vivienda estará presidido por el Intendente, o el Presidente del Consejo Municipal según corresponda.

El CLV deberá estar integrado también por:

a) El titular del área social respectiva.

b) Tres (3)representantes por el Concejo Deliberante.

c) Un (1) representante por las cooperativas de viviendas existentes en el lugar.

d) Un (1) representante por el colegio de arquitectos.

e) Un (1) representante de las Juntas Vecinales.

f) Un (1) representante del área de Catastro Municipal.

AUTUNOMIA LOCAL

Artículo 8º.- La conformación determinada en el artículo anterior, será de aplicación obligatoria en tanto cada Localidad en uso de sus atribuciones jurisdiccionales, no disponga otra integración.

FUNCIONES DEL CONSEJO LOCAL DE LA VIVIENDA

Artículo 9º.- Son funciones del Consejo Local de la Vivienda:

a) Realizar y actualizar, en forma periódica, un diagnóstico sobre tierras utilizables para loteos sociales, en la respectiva localidad.

b) Realizar un llamado público a Inscripción de Aspirantes a Tierras, confeccionar un listado de los mismos y exhibirlos públicamente en cada Municipio y/o Comisión de Fomento.

c) Confeccionar un Registro Único de aspirantes de Lotes y Viviendas, que formará parte de una base de datos única provincial.

d) Crear un banco de tierras con los fondos que le hayan sido asignados a la localidad, para ser adjudicado en venta a los aspirantes previamente seleccionados de acuerdo a lo previsto en el artículo 10° de la presente, promoviendo que la construcción de las mismas se realice por esfuerzo propio, por cooperativas o bien a través de planes Estatales.

e) Adjudicar en venta a los aspirantes seleccionados, realizando los respectivos contratos y condiciones de los mismos, las que deberán ajustarse al principio de accesibilidad para quienes tienen menores recursos.

f) Elevar base de datos de aspirantes a viviendas al CPV, cada vez que este lo requiera.

PAUTAS DE PRIORIZACION PARA LA ADJUDICACION DE LOTES

Artículo 10.- Las pautas que deben considerar los CLV para la priorización de adjudicación se basarán en los siguientes criterios:

a) No reunir las condiciones necesarias para acceder a los planes FONAVI.

b) No ser propietario, el solicitante o su grupo familiar, de bienes muebles o inmuebles, realizables, excluídos aquéllos que constituyan fuente de trabajo, cuyo valor le permita acceder a la compra de una vivienda.

c) No ser propietario de una vivienda cuyas condiciones de habitabilidad sean no deficitarias, resida o no en ella.

d) No haber sido adjudicatario, ninguno de los miembros del grupo conviviente, de viviendas financiadas por el Estado, Se Exceptúa de esta disposición a los convivientes que acrediten en forma fehaciente haber constituido un nuevo grupo familiar.

e) Ocupantes de casas o edificios con sentencia judicial firme de desalojo, utilizados con uso manifiesto de vivienda única y que no posean otros bienes inmuebles a su nombre.

f) Habitantes de núcleos habitacionales transitorios y asentamientos.

g) Ocupantes de viviendas en situación de hacinamiento, inhabitables o en estado obsoleto.

h) Alojados en hoteles o pensiones.

i) En situación de calle, indigentes.

j) Familias con integrantes discapacitadas/os.

k) Madre jefa de familia.

l) Cantidad de hijos menores de edad.

m) Ex combatientes de Malvinas que hayan desarrollado sus tareas en la zona bélica.

n) Agentes de la Policía Provincial.

DE LA DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS

Artículo 11.- La distribución de los recursos en las distintas localidades de la Provincia se resolverá en el Consejo Provincial de Vivienda, fijando como prioridad, la necesidad habitacional que cada administración comunal acredite; en segundo orden se contemplarán los porcentuales vigentes para la coparticipación de recursos y disponibilidad de lotes. En el supuesto de no adhesión por parte del Municipio, el monto que corresponda a esa comuna será redistribuido proporcionalmente entre quienes hayan adherido.

ADHESION

Artículo 12.- Invitase a las Municipalidades y Comisiones de Fomento a adherir a la presente ley. La adhesión resultará condición previa para la participación en la distribución de los recursos previstos en esta ley, sin excepción.

Artículo 13.- De forma.

miércoles, 23 de abril de 2008

196/08 El problema del agua

Proyecto Comunicación Nº 196/2008 (ver expediente) AL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, SU ADHESION AL PLAN ENERGETICO NACIONAL, NO ADMITIENDO QUE EN VIRTUD DEL MISMO SE DETERIORE LA SALUD PUBLICA Y SE DESABASTEZCA DE AGUA A LAS POBLACIONES RIBEREÑAS Y A LA ACTIVIDAD FRUTIHORTICOLA.

FUNDAMENTOS

Referirse al problema del agua es remontarse al origen de las sociedades, del asentamiento y desarrollo de los pueblos. El agua siempre estuvo asociada con la prosperidad y la salud de una comunidad hasta el día de hoy. Su uso y distribución resulta en uno de los problemas más emblemáticos del futuro.

El conflicto principal en el uso de este recurso escaso, radica en el impacto constante que tienen las actividades económicas y su horizonte de corto plazo por sobre la génesis del medio natural.

La dinámica económica lleva en sí misma una dificultad de convivir de modo armónico con los tiempos biológicos que requieren de la regeneración natural de este recurso; el cual a su vez está relacionado con otra diversidad de recursos con mutua dependencia. No se puede romper el equilibrio de un ecosistema sin medir consecuencias.

Hablar de dinámica económica, no es otra cosa que hablar de la vida y la organización doméstica de las sociedades que habitan en las cercanías, o usufructúan de los beneficios del recurso hídrico. Con lo cual este recurso en su calidad de recurso escaso, en todas las ocasiones deberá ser utilizado con un criterio de equidad que permita satisfacer a todo el conjunto de necesidades existentes.

Los conflictos medioambientales más severos son aquellos que llevan a la pérdida de los recursos naturales renovables para todos o para algunos de los fines de su necesidad: el abastecimiento de agua potable; el riego; la actividad frutícola; la actividad ganadera; la explotación de hidrocarburos y minería; la producción de energía hidroeléctrica; el turismo; la navegación; etcétera.

Las actividades hidrocarburíferas, mineras, agrícolas, hidroeléctricas, industriales, sumadas a las deficiencias del sistema de tratamientos de líquidos cloacales, hacen del manejo del recurso hídrico un tema altamente conflictivo que no puede estar sujeto al destino o a las contingencias. Requiere de una planificación coordinada, con una mirada a largo plazo y un criterio equitativo.

El panorama se agrava con la situación actual donde los criterios de uso del agua, que hace tiempo están establecidos por ley, han sufrido modificaciones en las prioridades de uso, orientadas a cubrir las necesidades de energía eléctrica.

Esto explica que los últimos tramos de los ríos Limay, el Neuquén y el río Negro estén convertidos en un hilo de agua cuando en la alta cuenca, las represas están por sobre su nivel de operación normal y a milímetros de su nivel máximo extraordinario. Esto conlleva a riesgo sanitario y problemas en ciudades y chacras donde, ante la bajante del río, sus tomas quedan por fuera del agua.

Así es que se ha detectado un desabastecimiento de agua potable a las localidades de General Enrique Godoy y Villa Regina.

Hay que tener en cuenta que río abajo de las represas hidroeléctricas habita una población de más de quinientas mil (500000) personas, entre las ciudades de Neuquén, Río Negro y Buenos Aires. Por lo tanto la baja en el caudal de los ríos puede atentar contra la salud de estas poblaciones al incrementarse la incidencia bacteriana. El impacto ambiental que produce la bajante en el caudal de agua, podría llevar a un deterioro de la sanidad poblacional. Debido a la bajante, de acuerdo a un reciente estudio realizado por el diario Río Negro sobre el río, “ha crecido la cantidad de materia orgánica disuelta en el río, bajó el nivel de oxígeno en el agua, creció en forma notable la cantidad de algas, aumentó la proporción de nitritos disueltos y aparecieron elementos que no forman parte del sistema usual en el curso: nitratos”.

En vinculación a la calidad y escasez del agua, en los últimos meses se duplicaron dos mil seiscientas (2600) personas los casos de diarrea y gastroenteritis en la ciudad de Neuquén aumentando en un cincuenta y tres por ciento (53%) respecto al año anterior.

En esta ciudad capital, las fallas en la planta de tratamiento de líquidos cloacales y la rotura de un caño maestro, que derivaron en el vertido de gran cantidad de aguas servidas muy cerca de zonas pobladas, se sumaron a las preocupaciones por la calidad del agua. La situación es crítica puesto que, el riesgo deriva de que el flujo y reflujo de las mareas pudo llevar la contaminación a zonas balnearias urbanas y a las tomas para el agua potable, en los momentos donde la corriente del río marcha en sentido contrario.

En la década del ’80 cuando se creó la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro. los motivos de su creación versaban sobre estos intereses: “administración, control, uso, aprovechamiento y preservación de las cuencas de los ríos Limay, Neuquen y Negro” tal como lo indica el Estatuto de la autoridad. Fue la ley nacional nº 23.896 la que ratificó el tratado de la creación de la AIC.

La nueva realidad que implica un uso intensivo de la energía y nuevos acuerdos con Nación, hacen necesario para trabajar con caudales mínimos en el Río Negro la concreción de obras para subir el nivel de agua en diferentes tomas a lo largo de la cuenca. Es así que Nación comprometió fondos por pesos veinte millones (20.000.000) para la construcción de un dique en el Valle Medio. Este tipo de obras son necesarias para poder abastecer de agua a distintas poblaciones y ya fueron acordadas por la AIC y el Gobierno Nacional.

La Provincia de Río Negro adhiere al Plan Energético Nacional, pero bajo ningún punto de vista puede aceptar el desabastecimiento de agua en aras de proveer electricidad a las grandes ciudades. Es menester alcanzar un equilibrio en la utilización del recurso que permita cubrir todas las prioridades, dentro de las que se encuentran el abastecimiento de agua potable y la actividad agrícola.

Existe un principio de uso racional y múltiple que debe ser respetado, planificando la potencialidad de utilización y aprovechamiento para todas las probabilidades que puedan existir. Una eficiente regulación y adecuada distribución para satisfacer las necesidades provinciales.

No se trata de negar la riqueza natural de estas tierras a otras que carecen de ellas para satisfacer sus necesidades. El criterio general que prima a la hora de llevar adelante esta planificación, es el del respeto mutuo a la igualdad de derechos sobre el recurso hídrico de todos los habitantes, en virtud del bien común regional y para beneficio de todo el país.

Por ello:

Autor: Fabián Gatti

Firmantes: Beatriz Manso; Martha Gladys Ramidán

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

C O M U N I C A

Artículo 1º.- Al Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Arquitecto Julio De Vido, que la Provincia de Río Negro adhiere solidariamente al Plan Energético Nacional, pero no admitirá que en virtud del mismo se deteriore la Salud Pública y se desabastezca de agua a la Provincia de Río Negro, dejando desprovistas de este recurso natural imprescindible a las poblaciones ribereñas y a la actividad frutihortícola, pilar de nuestra economía.

Artículo 2º.- De forma.

martes, 11 de marzo de 2008

66/08 Comisión interjurisdiccional de seguridad (Rio Negro y Neuquén).

Proyecto Ley Nº 66/2008 (ver expediente) CREASE LA COMISION INTERJURISDICCIONAL DE SEGURIDAD DE LAS PROVINCIAS DE RIO NEGRO Y NEUQUEN.

FUNDAMENTOS

La Región del Comahue se extiende al Sur del río Colorado abarcando parte de las Provincias de Río Negro y Neuquén. Geográficamente está ubicada en la Patagonia Norte, cubriendo una superficie de aproximadamente 310 km2.

Esta zona, que se presenta en la década del 60´ con atractivas potencialidades para todos los sectores de la escala social, provoca un importante movimiento migratorio, que le da un perfil de pujante desarrollo con un nivel poblacional significativamente joven, proyectando un futuro promisorio.

La pujanza económica, la prosperidad social, el despliegue intelectual y el futuro posible eran metas seductoras para quienes estaban convencidos de la cultura del esfuerzo. Esta región era el destino anhelado de muchos profesionales y emprendedores que provenían de distintos lugares de nuestro país, que evaluaban aquí la posibilidad de desarrollar sus proyectos de vida.

Las grandes obras civiles hidroeléctricas iniciadas, sumadas al vertiginoso avance en la explotación petrolífera, impactan de manera exponencial en el crecimiento de esta región.

Como consecuencia de este desarrollo se produce una explosión en el crecimiento demográfico que provoca un desorden urbanístico sobrepasando la capacidad operativa de brindar servicios básicos eficientes. Trayendo aparejado secuelas críticas de todo tipo. Los efectos fueron evidentes: desigualdad, exclusión e inseguridad. Sumado a todo esto los efectos del desarraigo y la transculturización.

Las diversas etapas por las que atravesó nuestro país no fueron ajenas para la Región del Comahue, como podemos señalar los efectos que dejaron las políticas desacertadas aplicadas en los noventa, provocando efectos mayores dadas las particularidades de esta nueva zona en proceso de integración social.

Hoy estamos frente a un conglomerado urbano que reúne una población cercana a los seiscientos mil (600.000) habitantes. En el caso particular de las ciudades de Cipolletti y Neuquén capital, conforman hoy un mismo polo poblacional con más del cincuenta por ciento (50%) de estos habitantes, donde el intercambio cultural, social y económico fluye diariamente. Como así también de la misma manera se ven incrementados los problemas originados por la inequidad, discriminación, marginalidad y agresividad, que se reflejan en el notable aumento de hechos delictivos que se caracterizan por la violencia con que se llevan a cabo.

En los últimos quince (15) años, en esta región, se han producido variados hechos, todos de inusitada violencia, que han llevado a las autoridades regionales a reflexionar sobre la necesidad y conveniencia de un tratamiento de esta situación.

Las administraciones modernas en el mundo actual, tienen como metodología de desarrollo, para el tratamiento de problemas compartidos, la apertura de trabajar en conjunto con una mirada regional, en pos de optimizar los esfuerzos y resultados, y superar de esta manera, situaciones que por su complejidad y envergadura así lo requieren.

El tratamiento conjunto de las diferentes problemáticas regionales aparece entonces como un hecho natural de relación inter-ciudades, no sólo para optimizar esfuerzos sino además, para encontrar soluciones que se adapten mejor a los desafíos de las diferentes comunidades.

Como antecedente de esta modalidad, en la región se registran iniciativas, que desde los Concejos Deliberantes de estas ciudades se promovieron conjuntamente políticas para satisfacer temas comunes. Hoy, la necesidad urgente es la inseguridad con que viven nuestros vecinos. Esto amerita que se apele, sin dilaciones, a todas las instancias e instrumentos, que posibiliten superar esta grave situación.

Por ello:

Co-autores: Beatriz Manso, Fabián Gatti

Firmante: Martha Ramidán

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

Artículo 1º.- Créase la Comisión Interjurisdiccional de Seguridad de las Provincias de Río Negro y Neuquén.

Artículo 2º.- La Comisión creada en el artículo 1º tiene como fin:

a) Analizar la legislación vigente en la materia (leyes procedimentales penales, sistema provincial de seguridad pública, prevención y contención social) entre otras vinculadas.

b) Compatibilizar la legislación con las necesidades operativas de los actores del sistema.

c) Promover la realización de seminarios, congresos, jornadas y talleres con especialistas nacionales y/o internacionales a tal efecto.

d) Compatibilizar las futuras reformas procesales en materia penal respetando la autonomía propia de las jurisdicciones.

e) Formular un dictamen final de propuestas y proyectos conjuntos para el abordaje de esta problemática.

Artículo 3º.- Integran esta Comisión:

a) El presidente de la Legislatura de Río Negro.

b) El presidente de la Comisión de Seguridad.

c) El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales.

d) Cuatro (4) legisladores integrantes de distintos Bloques Parlamentarios.

Artículo 4º.- La presente Comisión tiene una duración máxima de ciento ochenta (180) días a partir de la sanción de la presente ley, con una opción a prórroga por ciento ochenta (180) días más.

Artículo 5º.- Los integrantes de la Comisión no perciben remuneración alguna por las tareas que asumen dentro de esta Comisión.

Artículo 6º.- El Presidente de la Legislatura de la Provincia de Río Negro formaliza los acuerdos necesarios con su par de la Provincia de Neuquén a fin de materializar los objetivos de la presente.

Artículo 7º.- De forma.