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martes, 11 de marzo de 2008

66/08 Comisión interjurisdiccional de seguridad (Rio Negro y Neuquén).

Proyecto Ley Nº 66/2008 (ver expediente) CREASE LA COMISION INTERJURISDICCIONAL DE SEGURIDAD DE LAS PROVINCIAS DE RIO NEGRO Y NEUQUEN.

FUNDAMENTOS

La Región del Comahue se extiende al Sur del río Colorado abarcando parte de las Provincias de Río Negro y Neuquén. Geográficamente está ubicada en la Patagonia Norte, cubriendo una superficie de aproximadamente 310 km2.

Esta zona, que se presenta en la década del 60´ con atractivas potencialidades para todos los sectores de la escala social, provoca un importante movimiento migratorio, que le da un perfil de pujante desarrollo con un nivel poblacional significativamente joven, proyectando un futuro promisorio.

La pujanza económica, la prosperidad social, el despliegue intelectual y el futuro posible eran metas seductoras para quienes estaban convencidos de la cultura del esfuerzo. Esta región era el destino anhelado de muchos profesionales y emprendedores que provenían de distintos lugares de nuestro país, que evaluaban aquí la posibilidad de desarrollar sus proyectos de vida.

Las grandes obras civiles hidroeléctricas iniciadas, sumadas al vertiginoso avance en la explotación petrolífera, impactan de manera exponencial en el crecimiento de esta región.

Como consecuencia de este desarrollo se produce una explosión en el crecimiento demográfico que provoca un desorden urbanístico sobrepasando la capacidad operativa de brindar servicios básicos eficientes. Trayendo aparejado secuelas críticas de todo tipo. Los efectos fueron evidentes: desigualdad, exclusión e inseguridad. Sumado a todo esto los efectos del desarraigo y la transculturización.

Las diversas etapas por las que atravesó nuestro país no fueron ajenas para la Región del Comahue, como podemos señalar los efectos que dejaron las políticas desacertadas aplicadas en los noventa, provocando efectos mayores dadas las particularidades de esta nueva zona en proceso de integración social.

Hoy estamos frente a un conglomerado urbano que reúne una población cercana a los seiscientos mil (600.000) habitantes. En el caso particular de las ciudades de Cipolletti y Neuquén capital, conforman hoy un mismo polo poblacional con más del cincuenta por ciento (50%) de estos habitantes, donde el intercambio cultural, social y económico fluye diariamente. Como así también de la misma manera se ven incrementados los problemas originados por la inequidad, discriminación, marginalidad y agresividad, que se reflejan en el notable aumento de hechos delictivos que se caracterizan por la violencia con que se llevan a cabo.

En los últimos quince (15) años, en esta región, se han producido variados hechos, todos de inusitada violencia, que han llevado a las autoridades regionales a reflexionar sobre la necesidad y conveniencia de un tratamiento de esta situación.

Las administraciones modernas en el mundo actual, tienen como metodología de desarrollo, para el tratamiento de problemas compartidos, la apertura de trabajar en conjunto con una mirada regional, en pos de optimizar los esfuerzos y resultados, y superar de esta manera, situaciones que por su complejidad y envergadura así lo requieren.

El tratamiento conjunto de las diferentes problemáticas regionales aparece entonces como un hecho natural de relación inter-ciudades, no sólo para optimizar esfuerzos sino además, para encontrar soluciones que se adapten mejor a los desafíos de las diferentes comunidades.

Como antecedente de esta modalidad, en la región se registran iniciativas, que desde los Concejos Deliberantes de estas ciudades se promovieron conjuntamente políticas para satisfacer temas comunes. Hoy, la necesidad urgente es la inseguridad con que viven nuestros vecinos. Esto amerita que se apele, sin dilaciones, a todas las instancias e instrumentos, que posibiliten superar esta grave situación.

Por ello:

Co-autores: Beatriz Manso, Fabián Gatti

Firmante: Martha Ramidán

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y

Artículo 1º.- Créase la Comisión Interjurisdiccional de Seguridad de las Provincias de Río Negro y Neuquén.

Artículo 2º.- La Comisión creada en el artículo 1º tiene como fin:

a) Analizar la legislación vigente en la materia (leyes procedimentales penales, sistema provincial de seguridad pública, prevención y contención social) entre otras vinculadas.

b) Compatibilizar la legislación con las necesidades operativas de los actores del sistema.

c) Promover la realización de seminarios, congresos, jornadas y talleres con especialistas nacionales y/o internacionales a tal efecto.

d) Compatibilizar las futuras reformas procesales en materia penal respetando la autonomía propia de las jurisdicciones.

e) Formular un dictamen final de propuestas y proyectos conjuntos para el abordaje de esta problemática.

Artículo 3º.- Integran esta Comisión:

a) El presidente de la Legislatura de Río Negro.

b) El presidente de la Comisión de Seguridad.

c) El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales.

d) Cuatro (4) legisladores integrantes de distintos Bloques Parlamentarios.

Artículo 4º.- La presente Comisión tiene una duración máxima de ciento ochenta (180) días a partir de la sanción de la presente ley, con una opción a prórroga por ciento ochenta (180) días más.

Artículo 5º.- Los integrantes de la Comisión no perciben remuneración alguna por las tareas que asumen dentro de esta Comisión.

Artículo 6º.- El Presidente de la Legislatura de la Provincia de Río Negro formaliza los acuerdos necesarios con su par de la Provincia de Neuquén a fin de materializar los objetivos de la presente.

Artículo 7º.- De forma.

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